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martes, 24 de noviembre de 2015

Programa de colaboración con los ayuntamientos de Gran Canaria para la ejecución del Plan Extraordinario de Empleo Social 2015-2016

Contacto e información
Servicio de Empleo y Desarrollo Local
Dirección: Edificio Insular I
Teléfono: 928 21 92 28

Objeto del procedimiento:
Las subvenciones irán destinadas a la contratación laboral por los Ayuntamientos beneficiarios de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo y que se encuentren en riesgo de exclusión social, en obras y servicios de competencia municipal en determinados sectores, con estricta sujeción a los siguientes requisitos de selección y contratación:

  1. REQUISITOS DEL PERSONAL A CONTRATAR
El  personal contratado cumplirá con los siguientes requisitos obligatorios:
 
1º. Tener entre 18 y 65 años.

2º. Estar inscritos como demandantes de empleo, en el Servicio Canario de Empleo, con una antigüedad mínima de 6 meses, en los últimos 12 meses.
 
3º. Estar inscrito el candidato en la ocupación propuesta en la oferta de empleo.
 
4º. Estar empadronado en el municipio, con una antigüedad superior a 6 meses.
 
5º. No haber sido contratado en el Programa Extraordinario Bianual de Empleo Social de la Federación Canaria de Municipios para el año 2014-2015, salvo que concurra causa justificativa y lo autorice expresamente el Servicio de Empleo y Desarrollo Local.
 
6º. No pertenecer a una unidad familiar en la que uno de sus miembros haya sido contratado en este Plan de Empleo Social, salvo que concurra causa justificativa y lo autorice expresamente el Servicio de Empleo y Desarrollo Local. Esta autorización excepcional podrá extenderse exclusivamente para la contratación de dos miembros de la misma unidad familiar.
 
7º. Pertenecer a uno de los siguientes colectivos que a continuación se determinan de forma excluyente y sucesiva: esto es, solo en defecto de candidatos del “colectivo nivel de prioridad 1” podrá contratarse del “colectivo nivel de prioridad 2” y en defecto de éste último podrá acudirse al 3 y así sucesivamente.
 
7.1. Colectivo nivel de prioridad 1: Personas integrantes de una unidad familiar, en la que ningún miembro este percibiendo retribuciones por desempeño de actividad laboral ni prestaciones por desempleo. Excepcionalmente, se permitirá la contratación cuando la unidad familiar, a pesar de percibir ya una renta o prestación, concurran en ésta graves causas de necesidad y urgencia. Para ello se necesitará informe previo de los Servicios Sociales Municipales y autorización del Servicio de Empleo y Desarrollo Local. Dicha excepción podrá utilizarse por el Ayuntamiento hasta un máximo del 10% de las contrataciones que realice.
 
7.2. Colectivo nivel de prioridad 2: Personas  mayores de 45 años, en situación de desempleo de larga duración, inscritos como demandantes de empleo con un periodo superior a 24 meses.
 
7.3. Colectivos nivel de prioridad 3: Personas pertenecientes a cualquiera de los siguientes colectivos indistintamente, con dificultades de inserción, que estén en riesgo o exclusión social:
 
1) Personas con discapacidad superior al 33%.
2) Mujeres víctimas de violencia de género.
3) Personas en tratamiento por adicciones (alcoholismo, toxicomanías,…)

7.4 Colectivo nivel de prioridad 4: Personas en situación de riesgo de exclusión social respecto a las cuales se haya emitido informe social por parte de los Servicios Sociales Municipales en el que quede acreditado que sus circunstancias personales y/o familiares recomienden la incorporación a fuentes generadoras de rentas.
 
B) REQUISITOS DE LA CONTRATACIÓN

  1. La duración de los contratos no podrá exceder de seis meses.

  1. La categoría profesional a contratar será la de peón.

  1. Los contratos pueden ser a tiempo completo o a tiempo parcial, con una jornada mínima del 60%, de acuerdo a las necesidades y objetivos que se establezcan en la programación del Proyecto a ejecutar.

Destinatarios:
Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la isla de Gran canaria que cumplan con los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
También podrán ser beneficiarias las entidades vinculadas o dependientes de los Ayuntamientos, que hibieran asumido la gestión de acciones o programas municipales en materia de empleo y desarrollo local, siempre que el Ayuntamiento al que estén vinculadas no haya presentado solicitud de subvención en el marco del presente Programa.

Plazos de presentación de la solicitud y documentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente Programa en la página web del Cabildo de Gran Canaria: www.grancanaria.com.


Legislación general:
Se estará a lo dispuesto en las bases del presente Programa y a lo regulado en la siguiente normativa:

  • Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS (en adelante RLGS).
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2015 (BOP Las Palmas 04/02/2015).
  • Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Gobierno y Administración del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria (BOP Las Palmas, nº 91 de 14


Observaciones:
1.Se acordado la aplicación al presente procedimiento la tramitación de urgencia prevista en el artículo 50 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación solicitudes y recursos.

2. Las distintas notificaciones a que dé lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en la página web del Cabildo de Gran Canaria (www.grancanaria.com).


NOVEDADES EN EL PROCEDIMIENTO
Para ver las últimas novedades del procedimiento, presione en la pestaña Seguimiento.









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